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martes, 6 de noviembre de 2012

El Gobierno británico planea una ley para monitorizar Internet

 
 
 

El Gobierno británico planea poner en marcha una ley que permita monitorizar "en tiempo real" las llamadas telefónicas, los correos electrónicos, los mensajes en las redes sociales y las visitas a sitios web. La propuesta, anticipada por el 'Sunday Times', ha provocado una gran inquietud entre los 200 miembros de la Asociación de Proveedores de Internet –entre ellos, Google y Virgin Media- que tuvieron acceso al proyecto de ley el mes pasado.

"Estamos ante un intento sin precedentes que permitirá a Gran Bretaña adoptar el mismo tipo de vigilancia que hemos visto en China o en Irán", advirtió Nick Pickles, director de la compaña Big Brother Watch, en declaraciones al Daily Mail. "Es un ataque directo a la privacidad online y no está claro que pueda servir para mejorar las seguridad pública, además de encarecer de manera significativa las actividades online".

La futura ley, bastante similar a la que fue propuesta en el 2006 por el Gobierno laborista y retirada ante la oposición popular, faculta a la agencia de supervisión electrónica GCHQ – dependiente del Ministerio de Seguridad Interior- a reclamar la procedencia de los emails y los mensajes en las redes sociales a los proveedores de internet.

El Ministerio de Seguridad Interior –Home Office- ha confirmado la intención de introducir la nueva legislación de comunicaciones, en cuanto el calendario parlamentario lo permita, posiblemente a partir del próximo mes. La nota oficial insiste en que la protección de los contenidos, pero admite que los "oficiales de inteligencia" tendrán capacidad –sin necesidad de un requerimiento judicial y en "tiempo real"- para requerir la identificación de un individuo o un grupo de procedencia, así como el tiempo de conexión o la relación de sitios web que ha visitado.


Presedentes


El reciente caso del estudiante Liam Stacey, condenado a 56 días de cárcel por hacer comentarios racistas en Twiter -tras el ataque al corazón del futbolista de origen africano Fabrice Muamba- había puesto ya en alerta a los grupos de libertades civiles, alarmados por la creciente intrusión del Gobierno en las redes sociales.

"Estamos ante un paso drástico en una democracia", advirtió Shami Chakrabarti, director de la asociación Liberty. "Esta medida se enfrentó a una gran resistencia durante el último Gobierno laborista. La actual coalición se comprometió a defender los derechos civiles ¿Aún siguen creyendo en su promesa?"

El proyecto amenaza con crear una nueva y profunda división entre los 'tories'. El diputado conservador David Davis ha roto de momento la baraja en declaraciones a la BBC: "Se tratra una innecesaria extensión de la habilidad del Estado para inmiscuirse en la vida de la gente corriente".


Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2012/04/01/navegante/1333309004.html

jueves, 1 de noviembre de 2012

Ley de Servicios de Administración Tributaria


 

Servicio de Administración Tributaria (SAT)

Órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con carácter de máxima autoridad fiscal, con atribuciones y facultades vinculadas con la determinación y recaudación de las contribuciones federales.
 
El SAT tiene por objeto recaudar los impuestos federales y demás contribuciones, así como la vigilancia en el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales y otros conceptos destinados a cubrir los gastos previstos en el presupuesto de egresos de la Federación.
 
Las personas físicas y morales contribuirán de forma proporcional y equitativamente.
 
 
Funciones del Servicio de Administración Tributaria:

•  Proyectar los ingresos de la Federación, del Gobierno del D.F. y de las entidades paraestatales.
•  Manejar la deuda pública de la Federación.
•  Realizar las operaciones en que se haga uso del crédito público.
• Proyectar y calcular los egresos del Gobierno Federal y de la administración pública paraestatal.


Unidades administrativas que surgen con la creación del SAT:
 
Unidad de Comunicación Social.
Dirección General de Interventoría.
Dirección General de Planeación Tributaria.
Dirección General de Tecnologías de la Información.
Administración General Jurídica de Ingresos.
Coordinación General de Recursos.

 
Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria
 
Capitulo IX  de la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de Información

Artículo 30.- Compete a la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información:

Supervisar, proteger y vigilar la integridad, precisión, confiabilidad, protección, consistencia, intercambio, almacenamiento, eliminación de la información y seguridad de la misma, con el fin de minimizar la exposición al riesgo del contenido de la misma vigilando el uso y confidencialidad de los datos, herramientas de explotación y portales de información.”

La información es de uso exclusivo de los sistemas de información de servicio electrónicos del SAT y no es divulgada ninguna entidad privada o gubernamental externa.




Servicios electrónicos que requieren y/o utilizan Firma Electrónica Avanzada:
 
  • Comprobantes Fiscales Digitales
  • Declaración Anual de Personas Físicas con Saldos a Favor de Impuesto Sobre la Renta mayores o iguales a 772 USD.
  • Declaración Anual de Personas Morales (a partir de 2009)
  • Dictamen fiscal
  • Consulta del Expediente Integral del Contribuyente
  • Padrón de Importadores
  • Avisos de Comprobación Fiscal y Monederos Electrónicos
  • Registro de Contadores Públicos  
  • Acceso al envío de Declaraciones
 
En promedio, el 50% de los trámites relacionados con el proceso de Identificación del Contribuyente se realizan por Internet:
 
  • Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes
  • Actualización de actividad económica y obligaciones fiscales
  • Suspensión y Reanudación de actividades
  • Alta y baja de establecimientos
  • Impresión de la Guía de Obligaciones Fiscales
  • Impresión de la Cédula de Identificación Fiscal


 
Retos de la Administración Tributaria en México
 
  •    Diseñar una estrategia que permita generar Alianzas con terceros para la generación y prestación de servicios electrónicos: en línea y fuera de línea.
  •     Diseñar estrategias efectivas que permitan seguir avanzando en la reducción de la brecha fiscal digital, maximizando el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
  •     Profundizar en el conocimiento de las cargas administrativas  del contribuyente para avanzar en la mejora de los servicios  tributarios.
  •      Integrar servicios de cultura fiscal a la Web 2.0
 
Conclusiones
 
  •    El proceso de integración de los servicios electrónicos al    proceso tributario, debe ir acompañado de estrategias que  contengan metas y objetivos claros y medibles.
  •     Los servicios electrónicos deben ser diseñados de la mano del contribuyente, así como atender estándares y mejores práctica en materia de tecnologías de la información, seguridad y usabilidad.
  •     Los servicios electrónicos pueden:
  •     Reducir cargas administrativas
  •     Motivar el cumplimiento de las obligaciones fiscales
  •      Optimizar los procesos de análisis y riesgo

     Es necesario generar y fomentar estrategias de educación y cultura fiscal con un mayor énfasis en los beneficios de los servicios electrónicos.

 

miércoles, 24 de octubre de 2012

Cuadro Conceptual o de Doble Entrada Sobre Legislación Informática de México

      CUADRO  CONCEPTUAL O DE DOBLE ENTRADA  SOBRE  LEGISLACIÓN  INFORMÁTICA DE  MÉXICO
   LEGISLACIÓN            ARTÍCULO                     RESUMEN
           OBSERVACIONES
Ley Federal del Trabajo
Art. 123 Fracc. XVI
(Seguridad e higiene)

Artículo 153-F. Fracc. I:  Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabajador en su actividad; así como proporcionarle información sobre la aplicación de nueva tecnología en ella.
Atiende los efectos sobre el empleo de las políticas tecnológicas, y en materia de regulación de relaciones laborales. En los Convenios Colectivos de Trabajo se hacen referencia a normas de higiene y seguridad del trabajador informático dentro de un área determinada. Por ejemplo  la protección de los trabajadores de empresas que desarrollen actividades y servicios relacionados con la comercialización de equipos de computo y sistemas de aplicación, y demás tareas relacionadas con la informática como la programación, mantenimiento, y reparación.
 
El método antropocéntrico consiste en incorporar la tecnología dentro de la empresa o fábrica en forma gradual, remplazando ciertos puestos de trabajo por máquinas controladas por el personal. Los trabajadores tienen derecho a estar informados sobre los cambios en el campo de sistemas de automatización, en conocer las políticas de las nuevas tecnologías incorporadas, en presentar propuestas alternativas y en contar en sus áreas laborales con adaptaciones de ciertas características fisiológicas y anatómicas según sus actividades.
Ley Federal de Protección al Consumidor Art. 1- La presente ley es de orden público e interés social y de observancia en toda la República. Sus disposiciones son irrenunciables y contra su observancia no podrán alegarse costumbres, usos, prácticas, convenios o estipulaciones en contrario. El objeto de esta ley es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores. 
Instrumento legal para  informar a la población acerca de los medios para evitar abusos por parte de los productores o comerciantes que realicen transacciones por un medio electrónico, óptico u otro medio tecnológico; así como la adecuada utilización de los datos personales proporcionados que serán tratados de manera confidencial.
 
La PROFECO fue creada para ayudar a proteger a los consumidores contra los abusos y fraudes por parte de las empresas que operan en México, donde el marco jurídico del comercio electrónico es relativamente reciente; La Ley Federal de Protección al Consumidor es quien regula la protección de los datos personales procurando que las transacciones por medios electrónicos entre proveedores y consumidores se realcen de manera segura.
Ley de Adquisiciones y Obra Pública Art. 1-  La presente Ley es de orden público y tiene por objeto reglamentar la aplicación del artículo 134 constitucional en materia de las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza.

Art. 24- (Las licitaciones públicas podrán llevarse a cabo a través de medios electrónicos)
Norma jurídica de orden público e interés social que regula las acciones que hacen referencia a servicios de presupuesto, adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles, prestaciones de servicios, etc., por el Sector Público Federal; al igual que los contratos de arrendamiento de espacio virtual en internet donde deberá delimitarse de manera clara todos los servicios del arrendamiento, la forma de acceso del usuario, la compilación de registros, medidas de seguridad para salvaguardar la confidencialidad de la información, asistencia técnica, precio y forma de pago, así como la duración del contratos, los domicilios de las partes, derechos de autor en caso de existir y licencias de software.
 
Las desentendencias y entidades deberán utilizar el criterio de evaluación de puntos y porcentajes o de costo-beneficio al analizar las proposiciones entregadas en sobres cerrados con las propuestas técnicas y económicas derivadas de las licitaciones emitidas.
Ley de Comunicaciones y Transportes Art. 14- Las concesiones sobre bandas de frecuencias del espectro para usos determinados se otorgarán mediante licitación pública. El Gobierno Federal tendrá derecho a recibir una contraprestación económica por el otorgamiento de la concesión correspondiente.

Art. 49- La información que se transmita a través de las redes y servicios de telecomunicaciones será confidencial, salvo aquella que, por su propia naturaleza, sea pública, o cuando medie orden de autoridad competente.
Se encarga de expedir las disposiciones administrativas de las normas oficiales del país en todo lo que se refiere a las telecomunicaciones, aprueba los convenios de interconexión entre redes públicas de telecomunicaciones con redes extranjeras. Declara políticas y programas para el desarrollo del transporte y telecomunicaciones, siendo de las más importantes las normas de seguridad para los seres humanos para que las telecomunicaciones y radiocomunicaciones cumplan con un límite de radiaciones electromagnéticas de radiofrecuencia no ionizantes; además establece las condiciones mecánicas y eléctricas que deben cumplir los equipos terminales que se conecten a una red publica, así como la interfaz digital.
 
Otorga las concesiones y permisos para establecer los sistemas y servicios de telecomunicaciones satelital e inalámbrica; Para atender las necesidades de comunicación inalámbrica se clasifica el espectro  en uso libre para las aplicaciones que no requieren concesión, y para servicios públicos y privados.
Ley Federal de Derechos de Autor Art. 102- Los programas de computación se protegen en los mismos términos que las obras literarias. Dicha protección se extiende tanto a los programas operativos como a los programas aplicativos, ya sea en forma de código fuente o de código objeto. Se exceptúan aquellos programas de cómputo que tengan por objeto causar efectos nocivos a otros programas o equipos.

Art. 231- Conductas que constituyen infracciones en materia de comercio cuando sean realizadas con fines de lucro directo o indirecto.
Conjunto de normas jurídicas encargadas de regular los derechos morales y patrimoniales que la Ley concede a los autores por el hecho de crear una obra ya sea literaria, artística, científica o didáctica.  
 
En el campo de la informática, se contempla principalmente los derechos patrimoniales sobre un programa de computación y su documentación, copias autorizadas y la protección de uso de las bases de datos, así como el acceso a la información privada, así como lo concerniente a la legalización del software, su comercialización, propiedad intelectual, protección contra la piratería y las sanciones respectivas.
Ley de Propiedad Industrial Art. 2- Fracc. V: Esta ley tiene por objeto Proteger la propiedad industrial mediante la regulación y otorgamiento de patentes de invención; registros de modelos de utilidad, diseños industriales, marcas, y avisos comerciales; publicación de nombres comerciales; declaración de protección de denominaciones de origen, y regulación de secretos
industriales.


Art 19- Fracc. IV:  No se considerarán invenciones para los efectos de esta Ley Los programas de computación.
Regula el derecho que otorga el estado para explotar industrial y comercialmente las innovaciones que lleven a cabo en toda clase de productos, para distinguirlos en el mercado, y el derecho de exclusividad sobre una obra de cualquier tipo. En el caso del registro de una patente se entrega un título donde se le da al titular el derecho temporal de explotar de manera exclusiva el hecho que dio lugar a la patente. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) es el organismo que se encarga de regular y proteger la propiedad industrial con diversas atribuciones como: otorgar las patentes, autorizar el uso de denominaciones de origen, proteger secretos industriales, prevenir y combatir actos que atenten contra la propiedad industrial, promover y fomentar la actividad inventiva de aplicación industrial, promover las mejores técnicas  la difusión de los conocimientos tecnológicos en los sectores productivos, fomentar la transferencia de tecnología para apoyar a la actualización tecnológica de las empresas.
 
Según la Ley de Invenciones y Marcas de 1976, los programas de computación no son considerados invenciones; En 1982 se estableció la Ley sobre Control y Registro de la Transferencia de Tecnología y el Uso de Explotación de Patentes y Marcas, establece que es necesario realizar la inscripción en el Registro Nacional de Transparencia de Tecnología los convenios, contratos y actos que consten la existencia de los programas de computación cumpliendo con ciertas características, como lo es la inclusión en su operación la programación incorporada en circuitos electrónicos de reciente diseño y fabricación, o que los programas sean escritos en lenguajes de programación aceptados por la Organización Internacional de Normalización (ISO) quienes tendrán preferencia para utilizar la tecnología en el país.
Ley de Mercado de Valores Art. 34- Los miembros y secretario del consejo de administración de las sociedades anónimas bursátiles, deberán guardar confidencialidad respecto de la información y los asuntos que tengan conocimiento con motivo de su cargo en la sociedad, cuando dicha información o asuntos no sean de carácter público.
Se encarga de regular los mercados primarios y secundarios de valores estableciendo los principios y secundarios de valores estableciendo los principios de su organización y funcionamiento, y las normas rectoras de la actividad de las personas y entidades que intervienen en estos mercados así como su supervisión.
 
El uso ilícito de la información privilegiada sobre valores negociables o instrumentos financieros, es un tema importante a tratar ya que esta debe ser confidencial y prohibir la utilización de información que no esté públicamente disponible para beneficio propio o de terceros, por lo que esta debe ser secreta y su uso se encuentra regulado por la ley.

martes, 23 de octubre de 2012

Cuadro Sinóptico de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

       Cuadro Sinóptico de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
         
       
I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes. 
       
II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes. 
    Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases:  
III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos.
 
Artículo 6°
 
IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos. Estos procedimientos se sustanciarán ante órganos u organismos especializados e imparciales, y con autonomía operativa, de gestión y de decisión. 
     
V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos. 
       
VI. Las leyes determinarán la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales. 
       
VII. La inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la información pública será sancionada en los términos que dispongan las leyes. 
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
       
Artículo 7°
Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquiera materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta. como instrumento del delito
         
 
Artículo 8°
Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.
         
 
Artículo 16°
Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.
         
 
Transitorios
Tercero- La Federación, los Estados y el Distrito Federal deberán contar con sistemas electrónicos para que cualquier persona pueda hacer uso remoto de los mecanismos de acceso a la información y de los procedimientos de revisión a los que se refiere este Decreto, a más tardar en dos años a partir de la entrada en vigor del mismo. Las leyes locales establecerán lo necesario para que los municipios con población superior a setenta mil habitantes y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal cuenten en el mismo plazo con los sistemas electrónicos respectivos. 
         

miércoles, 17 de octubre de 2012

Comercio Electrónico

 
 

Comercio Electrónico

 

El comercio electrónico, de acuerdo a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), es el proceso de compra, venta o intercambio de bienes, servicios e información a través de las redes de comunicación.
El comercio electrónico es una metodología moderna para hacer negocios que detecta la necesidad de las empresas, comerciantes y consumidores de reducir costos, así como mejorar la calidad de los bienes y servicios, además de mejorar el tiempo de entrega de los bienes o servicios. Por lo tanto no debe seguirse contemplando el comercio electrónico como una tecnología, sino que es el uso de la tecnología para mejorar la forma de llevar a cabo las actividades empresariales.
El comercio electrónico se puede entender como cualquier forma de transacción comercial en la cual las partes involucradas interactúan de manera electrónica en lugar de hacerlo de la manera tradicional con intercambios físicos o trato físico directo. Actualmente la manera de comerciar se caracteriza por el mejoramiento constante en los procesos de abastecimiento, y como respuesta a ello los negocios a nivel mundial están cambiando tanto su organización como sus operaciones.
El comercio electrónico es el medio de llevar a cabo dichos cambios dentro de una escala global, permitiendo a las compañías ser más eficientes y flexibles en sus operaciones internas, para así trabajar de una manera más cercana con sus proveedores y estar más pendiente de las necesidades y expectativas de sus clientes. Además permiten seleccionar a los mejores proveedores sin importar su localización geográfica para que de esa forma se pueda vender a un mercado global.
 
La Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) en su capitulo VIII bis, contiene las disposiciones generales sobre el comercio electrónico, habla sobre los derechos de los consumidores en las transacciones efectuadas a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.
 
Legislación que regula el comercio electrónico:
· Ley Federal de Protección al Consumidor.
· Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
· Ley de Obras Públicas.
· Código de Comercio.
· Código Civil.
· Código Federal de Procedimientos Civiles
· Ley Federal de Procedimiento Administrativo
· Ley de Sociedades de Inversión
· Código Fiscal de la Federación
· Norma Oficial NOM 151-SCFI 2002, Prácticas comerciales - Requisitos que deben observarse para la conservacion de los mensajes de datos.